Nuevos permisos y más familias protegidas, entre las claves de la nueva Ley de Familias

Nuevos permisos para cuidados y más familias protegidas en una nueva ley que supone un gran avance en derechos sociales y de conciliación laboral. Entre sus novedades: el permiso retribuido de 5 días anuales para cuidados o la equiparación de los derechos de familias monoparentales a los de familia numerosa

El Consejo de Gobierno ha aprobado esta semana el anteproyecto de Ley de Familias. Se trata de una nueva normativa para mejorar la conciliación laboral del personal trabajador en España. Antes de entrar en vigor, debe pasar por el Congreso, donde aún puede sufrir modificaciones.

Muchas familias se enfrentan a dificultades para atender, al mismo tiempo, a sus responsabilidades laborales y al cuidado de los hijos. Pues bien, para frenar este problema, los ministerios de Derechos Sociales e Igualdad llevan meses trabajando en esta nueva medida.

¿Cuáles son las principales novedades de la nueva Ley de Familias?

  • Permiso retribuido de cinco días al año para cuidado de convivientes o familiares hasta segundo grado de consanguinidad (abuelos, nietos o hermanos). Responde a la directiva europea de conciliación de 2019. Hasta ahora, solo se contemplaba un permiso de dos días por fallecimiento o enfermedad grave de familiar. Se podrá utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.
  • Permiso parental de 8 semanas hasta que el menor tenga 8 años. Se podrá disfrutar de forma continua o discontinua y no será retribuido.
  • Permiso por ausencia por fuerza mayor familiar de 4 días retribuidos al año y que se podrá disfrutar por horas.
  • Ampliación de la prestación de 100 euros al mes para madres con hijos menores de 3 años, que actualmente perciben exclusivamente las mujeres trabajadoras. Se amplía a las mujeres que perciban una prestación por desempleo o hayan trabajado durante al menos 30 días desde el nacimiento del bebé. Quedarán fuera de esta prestación las mujeres inactivas y quienes perciban el complemento de infancia del IMV.También recibirán el 100 % de la prestación las mujeres que tengan un empleo a tiempo parcial o temporal.
  • Se extenderá el subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo a adoptantes y familias de acogida; se ampliará la pensión de orfandad un año, hasta los 26, y el permiso por cuidado de menor con cáncer o enfermedad grave, hasta los 26 años en caso de discapacidad.
  • Nuevas familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza. Además de las familias numerosas se protegen otras familias diversas como las familias monomarentales con dos hijos; las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos y las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión. También pasan a considerarse familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza de categoría especial las familias que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría general como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150 % del IPREM).
  • Sobre el reconocimiento de los distintos tipos de familias, la ley avanza en la equiparación de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho, puesto que estas últimas tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.

Desde USO Illes Balears, respaldamos que se cree una ley en materia de protección y diversidad familiar, siendo un gran avance legislativo para una sociedad como la actual. Entra en la página web de USO Confederal y repasa una valoración más completa que las compañeras han elaborado acerca de esta nueva normativa.